Sunday, February 17, 2008
Sunday, February 10, 2008
CURIOSIDADES
1-En el Tibet, nación asiática conocida como el techo del mundo, los hijos del mismo padre compartían una misma esposa porque así la familia solo organizaba una boda por generación.
2-Al acto sexual fuera del matrimonio, y sobre todo al que se paga, se le denomina fornicación, vocablo que proviene del latino fornice, ángulo interior de los puentes, porque era en esos sitios donde las prostitutas de la antigua Roma brindaban sus servicios.
3-Para los indios sinonó, del alto Amazonas boliviano, tener relaciones sexuales en presencia de otras personas no significa un problema. Sin embargo pueden ser castigados si se les sorprende comiendo en público.
4-En la Grecia clásica las esposas no podían comer con sus maridos, sino que permanecían en una habitación destinada especialmente a ellas, el gineceo, y para “saber” si eran fértiles se les colocaba un diente de ajo en la vagina: si al otro día su boca no olía a ajo se consideraba que sus conductos estaban cerrados.
2-Al acto sexual fuera del matrimonio, y sobre todo al que se paga, se le denomina fornicación, vocablo que proviene del latino fornice, ángulo interior de los puentes, porque era en esos sitios donde las prostitutas de la antigua Roma brindaban sus servicios.
3-Para los indios sinonó, del alto Amazonas boliviano, tener relaciones sexuales en presencia de otras personas no significa un problema. Sin embargo pueden ser castigados si se les sorprende comiendo en público.
4-En la Grecia clásica las esposas no podían comer con sus maridos, sino que permanecían en una habitación destinada especialmente a ellas, el gineceo, y para “saber” si eran fértiles se les colocaba un diente de ajo en la vagina: si al otro día su boca no olía a ajo se consideraba que sus conductos estaban cerrados.
Monday, February 4, 2008
DECLARACION DE INDEPENDENCIA DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA
Declaración de Independencia de los Estados Unidos de América
Documentos históricos contenidos en Wikisource.
Cuando en el curso de los acontecimientos humanos se hace necesario para un pueblo disolver los vínculos políticos que lo han ligado a otro y tomar entre las naciones de la tierra el puesto separado e igual a que las leyes de la naturaleza y el Dios de esa naturaleza le dan derecho, un justo respeto al juicio de la humanidad exige que declare las causas que lo impulsan a la separación.
Sostenemos como evidentes estas verdades: que todos los hombres son creados iguales; que son dotados por su Creador de ciertos derechos inalienables; que entre éstos están la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad; que para garantizar estos derechos se instituyen entre los hombres los gobiernos, que derivan sus poderes legítimos del consentimiento de los gobernados; que cuando quiera que una forma de gobierno se haga destructora de estos principios, el pueblo tiene el derecho a reformarla o abolirla e instituir un nuevo gobierno que se funde en dichos principios, y a organizar sus poderes en la forma que a su juicio ofrecerá las mayores probabilidades de alcanzar su seguridad y felicidad. La prudencia, claro está, aconsejará que no se cambie por motivos leves y transitorios gobiernos de antiguo establecidos; y, en efecto, toda la experiencia ha demostrado que la humanidad está más dispuesta a padecer, mientras los males sean tolerables, que a hacerse justicia aboliendo las formas a que está acostumbrada. Pero cuando una larga serie de abusos y usurpaciones, dirigida invariablemente al mismo objetivo, demuestra el designio de someter al pueblo a un despotismo absoluto, es su derecho, es su deber, derrocar ese gobierno y establecer nuevos resguardos para su futura seguridad. Tal ha sido el paciente sufrimiento de estas colonias; tal es ahora la necesidad que las obliga a reformar su anterior sistema de gobierno La historia del actual Rey de la Gran Bretaña es una historia de repetidos agravios y usurpaciones, encaminados todos directamente hacia el establecimiento de una tiranía absoluta sobre estos estados. Para probar esto, sometemos los hechos al juicio de un mundo imparcial.
El Rey se ha negado a aprobar las leyes más favorables y necesarias para el bienestar público.
Ha prohibido a sus gobernadores sancionar leyes de importancia inmediata y apremiante, a menos que su ejecución se suspenda hasta obtener su asentimiento; y una vez suspendidas se ha negado por completo a prestarles atención.
Se ha rehusado a aprobar otras leyes convenientes a grandes comarcas pobladas, a menos que esos pueblos renuncien al derecho de ser representados en la Legislatura; derecho que es inestimable para el pueblo y terrible sí, para los tiranos.
Ha convocado a los cuerpos legislativos en sitios desusados, incómodos y distantes del asiento de sus documentos públicos, con la sola idea de fatigarlos para cumplir con sus medidas.
En repetidas ocasiones ha disuelto las Cámaras de Representantes, por oponerse con firmeza viril a sus intromisiones en los derechos del pueblo.
Durante mucho tiempo, y después de esas disoluciones, se ha negado a permitir la elección de otras Cámaras; por lo cual, los poderes legislativos, cuyo aniquilamiento es imposible, han retornado al pueblo, sin limitación para su ejercicio; permaneciendo el Estado, mientras tanto, expuesto a todos los peligros de una invasión exterior y a convulsiones internas.
Ha tratado de impedir que se pueblen estos Estados, dificultando, con ese propósito, las Leyes de Naturalización de Extranjeros; rehusando aprobar otras para fomentar su inmigración y elevando las condiciones para las Nuevas Adquisiciones de Tierras.
Ha entorpecido la administración de justicia al no aprobar las leyes que establecen los poderes judiciales.
Ha hecho que los jueces dependan solamente de su voluntad, para poder desempeñar sus cargos y en cuanto a la cantidad y pago de sus emolumentos.
Ha fundado una gran diversidad de oficinas nuevas, enviando a un enjambre de funcionarios que acosan a nuestro pueblo y menguan su sustento.
En tiempos de paz, ha mantenido entre nosotros ejércitos permanentes, sin el consentimiento de nuestras legislaturas.
Ha influido para que la autoridad militar sea independiente de la civil y superior a ella.
Se ha asociado con otros para someternos a una jurisdicción extraña a nuestra constitución y no reconocida por nuestras leyes; aprobando sus actos de pretendida legislación:
Para acuartelar, entre nosotros, grandes cuerpos de tropas armadas.
Para protegerlos, por medio de un juicio ficticio, del castigo por los asesinatos que pudiesen cometer entre los habitantes de estos Estados.
Para suspender nuestro comercio con todas las partes del mundo.
Para imponernos impuestos sin nuestro consentimiento.
Para privarnos, en muchos casos, de los beneficios de un juicio por jurado.
Para transportarnos más allá de los mares, con el fin de ser juzgados por supuestos agravios.
Para abolir en una provincia vecina el libre sistema de las leyes inglesas, estableciendo en ella un gobierno arbitrario y extendiendo sus límites, con el objeto de dar un ejemplo y disponer de un instrumento adecuado para introducir el mismo gobierno absoluto en estas Colonias.
Para suprimir nuestras Cartas Constitutivas, abolir nuestras leyes más valiosas y alterar en su esencia las formas de nuestros gobiernos.
Para suspender nuestras propias legislaturas y declararse investido con facultades para legislarnos en todos los casos, cualesquiera que éstos sean.
Ha abdicado de su gobierno en estos territorios al declarar que estamos fuera de su protección y al emprender una guerra contra nosotros.
Ha saqueado nuestros mares, asolado nuestras costas, incendiado nuestras ciudades y destruido la vida de nuestro pueblo.
Al presente, está transportando grandes ejércitos de extranjeros mercenarios para completar la obra de muerte, desolación y tiranía, ya iniciada en circunstancias de crueldad y perfidia que apenas si encuentran paralelo en las épocas más bárbaras, y por completo indignas del Jefe de una Nación civilizada.
Ha obligado a nuestros conciudadanos, aprehendidos en alta mar, a que tomen armas contra su país, convirtiéndolos así en los verdugos de sus amigos y hermanos, o a morir bajo sus manos.
Ha provocado insurrecciones intestinas entre nosotros y se ha esforzado por lanzar sobre los habitantes de nuestras fronteras a los inmisericordes indios salvajes, cuya conocida disposición para la guerra se distingue por la destrucción de vidas, sin considerar edades, sexos ni condiciones.
En cada etapa de estas opresiones, hemos pedido justicia en los términos más humildes: a nuestras repetidas peticiones se ha contestado solamente con repetidos agravios. Un Príncipe, cuyo caracter está así señalado con cada uno de los actos que pueden definir a un tirano, no es digno de ser el gobernante de un pueblo libre.
Tampoco hemos dejado de dirigirnos a nuestros hermanos británicos. Los hemos prevenido de tiempo en tiempo de las tentativas de su poder legislativo para englobarnos en una jurisdicción injustificable. Les hemos recordado las circunstancias de nuestra emigración y radicación aquí. Hemos apelado a su innato sentido de justicia y magnanimidad, y los hemos conjurado, por los vínculos de nuestro parentesco, a repudiar esas usurpaciones, las cuales interrumpirían inevitablemente nuestras relaciones y correspondencia. También ellos han sido sordos a la voz de la justicia y de la consanguinidad. Debemos, pues, convenir en la necesidad, que establece nuestra separación y considerarlos, como consideramos a las demás colectividades humanas: enemigos en la guerra, en la paz, amigos.
Por lo tanto, los Representantes de los Estados Unidos de América, convocados en Congreso General, apelando al Juez Supremo del mundo por la rectitud de nuestras intenciones, en nombre y por la autoridad del buen pueblo de estas Colonias, solemnemente hacemos público y declaramos: Que estas Colonias Unidas son, y deben serlo por derecho, Estados Libres e Independientes; que quedan libres de toda lealtad a la Corona Británica, y que toda vinculación política entre ellas y el Estado de la Gran Bretaña queda y debe quedar totalmente disuelta; y que, como Estados Libres o Independientes, tienen pleno poder para hacer la guerra, concertar la paz, concertar alianzas, establecer el comercio y efectuar los actos y providencias a que tienen derecho los Estados independientes.
Y en apoyo de esta Declaración, con absoluta confianza en la protección de la Divina Providencia, empeñamos nuestra vida, nuestra hacienda y nuestro sagrado honor.
Obtenido de "http://es.wikisource.org/wiki/Declaraci%C3%B3n_de_Independencia_de_los_Estados_Unidos_de_Am%C3%A9rica"
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Cuando en el curso de los acontecimientos humanos se hace necesario para un pueblo disolver los vínculos políticos que lo han ligado a otro y tomar entre las naciones de la tierra el puesto separado e igual a que las leyes de la naturaleza y el Dios de esa naturaleza le dan derecho, un justo respeto al juicio de la humanidad exige que declare las causas que lo impulsan a la separación.
Sostenemos como evidentes estas verdades: que todos los hombres son creados iguales; que son dotados por su Creador de ciertos derechos inalienables; que entre éstos están la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad; que para garantizar estos derechos se instituyen entre los hombres los gobiernos, que derivan sus poderes legítimos del consentimiento de los gobernados; que cuando quiera que una forma de gobierno se haga destructora de estos principios, el pueblo tiene el derecho a reformarla o abolirla e instituir un nuevo gobierno que se funde en dichos principios, y a organizar sus poderes en la forma que a su juicio ofrecerá las mayores probabilidades de alcanzar su seguridad y felicidad. La prudencia, claro está, aconsejará que no se cambie por motivos leves y transitorios gobiernos de antiguo establecidos; y, en efecto, toda la experiencia ha demostrado que la humanidad está más dispuesta a padecer, mientras los males sean tolerables, que a hacerse justicia aboliendo las formas a que está acostumbrada. Pero cuando una larga serie de abusos y usurpaciones, dirigida invariablemente al mismo objetivo, demuestra el designio de someter al pueblo a un despotismo absoluto, es su derecho, es su deber, derrocar ese gobierno y establecer nuevos resguardos para su futura seguridad. Tal ha sido el paciente sufrimiento de estas colonias; tal es ahora la necesidad que las obliga a reformar su anterior sistema de gobierno La historia del actual Rey de la Gran Bretaña es una historia de repetidos agravios y usurpaciones, encaminados todos directamente hacia el establecimiento de una tiranía absoluta sobre estos estados. Para probar esto, sometemos los hechos al juicio de un mundo imparcial.
El Rey se ha negado a aprobar las leyes más favorables y necesarias para el bienestar público.
Ha prohibido a sus gobernadores sancionar leyes de importancia inmediata y apremiante, a menos que su ejecución se suspenda hasta obtener su asentimiento; y una vez suspendidas se ha negado por completo a prestarles atención.
Se ha rehusado a aprobar otras leyes convenientes a grandes comarcas pobladas, a menos que esos pueblos renuncien al derecho de ser representados en la Legislatura; derecho que es inestimable para el pueblo y terrible sí, para los tiranos.
Ha convocado a los cuerpos legislativos en sitios desusados, incómodos y distantes del asiento de sus documentos públicos, con la sola idea de fatigarlos para cumplir con sus medidas.
En repetidas ocasiones ha disuelto las Cámaras de Representantes, por oponerse con firmeza viril a sus intromisiones en los derechos del pueblo.
Durante mucho tiempo, y después de esas disoluciones, se ha negado a permitir la elección de otras Cámaras; por lo cual, los poderes legislativos, cuyo aniquilamiento es imposible, han retornado al pueblo, sin limitación para su ejercicio; permaneciendo el Estado, mientras tanto, expuesto a todos los peligros de una invasión exterior y a convulsiones internas.
Ha tratado de impedir que se pueblen estos Estados, dificultando, con ese propósito, las Leyes de Naturalización de Extranjeros; rehusando aprobar otras para fomentar su inmigración y elevando las condiciones para las Nuevas Adquisiciones de Tierras.
Ha entorpecido la administración de justicia al no aprobar las leyes que establecen los poderes judiciales.
Ha hecho que los jueces dependan solamente de su voluntad, para poder desempeñar sus cargos y en cuanto a la cantidad y pago de sus emolumentos.
Ha fundado una gran diversidad de oficinas nuevas, enviando a un enjambre de funcionarios que acosan a nuestro pueblo y menguan su sustento.
En tiempos de paz, ha mantenido entre nosotros ejércitos permanentes, sin el consentimiento de nuestras legislaturas.
Ha influido para que la autoridad militar sea independiente de la civil y superior a ella.
Se ha asociado con otros para someternos a una jurisdicción extraña a nuestra constitución y no reconocida por nuestras leyes; aprobando sus actos de pretendida legislación:
Para acuartelar, entre nosotros, grandes cuerpos de tropas armadas.
Para protegerlos, por medio de un juicio ficticio, del castigo por los asesinatos que pudiesen cometer entre los habitantes de estos Estados.
Para suspender nuestro comercio con todas las partes del mundo.
Para imponernos impuestos sin nuestro consentimiento.
Para privarnos, en muchos casos, de los beneficios de un juicio por jurado.
Para transportarnos más allá de los mares, con el fin de ser juzgados por supuestos agravios.
Para abolir en una provincia vecina el libre sistema de las leyes inglesas, estableciendo en ella un gobierno arbitrario y extendiendo sus límites, con el objeto de dar un ejemplo y disponer de un instrumento adecuado para introducir el mismo gobierno absoluto en estas Colonias.
Para suprimir nuestras Cartas Constitutivas, abolir nuestras leyes más valiosas y alterar en su esencia las formas de nuestros gobiernos.
Para suspender nuestras propias legislaturas y declararse investido con facultades para legislarnos en todos los casos, cualesquiera que éstos sean.
Ha abdicado de su gobierno en estos territorios al declarar que estamos fuera de su protección y al emprender una guerra contra nosotros.
Ha saqueado nuestros mares, asolado nuestras costas, incendiado nuestras ciudades y destruido la vida de nuestro pueblo.
Al presente, está transportando grandes ejércitos de extranjeros mercenarios para completar la obra de muerte, desolación y tiranía, ya iniciada en circunstancias de crueldad y perfidia que apenas si encuentran paralelo en las épocas más bárbaras, y por completo indignas del Jefe de una Nación civilizada.
Ha obligado a nuestros conciudadanos, aprehendidos en alta mar, a que tomen armas contra su país, convirtiéndolos así en los verdugos de sus amigos y hermanos, o a morir bajo sus manos.
Ha provocado insurrecciones intestinas entre nosotros y se ha esforzado por lanzar sobre los habitantes de nuestras fronteras a los inmisericordes indios salvajes, cuya conocida disposición para la guerra se distingue por la destrucción de vidas, sin considerar edades, sexos ni condiciones.
En cada etapa de estas opresiones, hemos pedido justicia en los términos más humildes: a nuestras repetidas peticiones se ha contestado solamente con repetidos agravios. Un Príncipe, cuyo caracter está así señalado con cada uno de los actos que pueden definir a un tirano, no es digno de ser el gobernante de un pueblo libre.
Tampoco hemos dejado de dirigirnos a nuestros hermanos británicos. Los hemos prevenido de tiempo en tiempo de las tentativas de su poder legislativo para englobarnos en una jurisdicción injustificable. Les hemos recordado las circunstancias de nuestra emigración y radicación aquí. Hemos apelado a su innato sentido de justicia y magnanimidad, y los hemos conjurado, por los vínculos de nuestro parentesco, a repudiar esas usurpaciones, las cuales interrumpirían inevitablemente nuestras relaciones y correspondencia. También ellos han sido sordos a la voz de la justicia y de la consanguinidad. Debemos, pues, convenir en la necesidad, que establece nuestra separación y considerarlos, como consideramos a las demás colectividades humanas: enemigos en la guerra, en la paz, amigos.
Por lo tanto, los Representantes de los Estados Unidos de América, convocados en Congreso General, apelando al Juez Supremo del mundo por la rectitud de nuestras intenciones, en nombre y por la autoridad del buen pueblo de estas Colonias, solemnemente hacemos público y declaramos: Que estas Colonias Unidas son, y deben serlo por derecho, Estados Libres e Independientes; que quedan libres de toda lealtad a la Corona Británica, y que toda vinculación política entre ellas y el Estado de la Gran Bretaña queda y debe quedar totalmente disuelta; y que, como Estados Libres o Independientes, tienen pleno poder para hacer la guerra, concertar la paz, concertar alianzas, establecer el comercio y efectuar los actos y providencias a que tienen derecho los Estados independientes.
Y en apoyo de esta Declaración, con absoluta confianza en la protección de la Divina Providencia, empeñamos nuestra vida, nuestra hacienda y nuestro sagrado honor.
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DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
Declaración Universal de los Derechos Humanos
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Adopción y proclamación de la declaración de los derechos humanos
Adoptada y proclamada por la Resolución de la Asamblea General 217 A (iii) del 10 de diciembre de 1948 El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y proclamó la Declaración Universal de Derechos Humanos. Tras este acto histórico, la Asamblea pidió a todos los Países Miembros que publicaran el texto de la Declaración y dispusieran que fuera "distribuido, expuesto, leído y comentado en las escuelas y otros establecimientos de enseñanza, sin distinción fundada en la condición política de los países o de los territorios".
[editar] Preámbulo
Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;
Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias;
Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión;
Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones;
Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad;
Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, y
Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso;
[editar] Proclamación
La Asamblea General proclama la presente Declaración Universal de Derechos Humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.
Artículo 1Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
Artículo 21. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.2. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.
Artículo 3Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Artículo 4Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.
Artículo 5Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Artículo 6Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.
Artículo 7Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.
Artículo 8Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.
Artículo 9Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
Artículo 10Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.
Artículo 111. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.
Artículo 12Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.
Artículo 131. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.
Artículo 141. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
Artículo 151. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.
Artículo 161. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.
Artículo 171. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.
Artículo 18Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de Creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
Artículo 19Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
Artículo 201. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.
Artículo 211. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.
Artículo 22Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
Artículo 231. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.
Artículo 24Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.
Artículo 251. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.
Artículo 261. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.
Artículo 271. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.
Artículo 28Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.
Artículo 291. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
Artículo 30Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.
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Categorías: Declaraciones internacionales Organización de las Naciones Unidas
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Adopción y proclamación de la declaración de los derechos humanos
Adoptada y proclamada por la Resolución de la Asamblea General 217 A (iii) del 10 de diciembre de 1948 El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y proclamó la Declaración Universal de Derechos Humanos. Tras este acto histórico, la Asamblea pidió a todos los Países Miembros que publicaran el texto de la Declaración y dispusieran que fuera "distribuido, expuesto, leído y comentado en las escuelas y otros establecimientos de enseñanza, sin distinción fundada en la condición política de los países o de los territorios".
[editar] Preámbulo
Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;
Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias;
Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión;
Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones;
Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad;
Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, y
Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso;
[editar] Proclamación
La Asamblea General proclama la presente Declaración Universal de Derechos Humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.
Artículo 1Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
Artículo 21. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.2. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.
Artículo 3Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Artículo 4Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.
Artículo 5Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Artículo 6Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.
Artículo 7Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.
Artículo 8Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.
Artículo 9Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
Artículo 10Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.
Artículo 111. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.
Artículo 12Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.
Artículo 131. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.
Artículo 141. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
Artículo 151. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.
Artículo 161. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.
Artículo 171. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.
Artículo 18Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de Creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
Artículo 19Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
Artículo 201. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.
Artículo 211. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.
Artículo 22Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
Artículo 231. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.
Artículo 24Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.
Artículo 251. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.
Artículo 261. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.
Artículo 271. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.
Artículo 28Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.
Artículo 291. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
Artículo 30Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.
Obtenido de "http://es.wikisource.org/wiki/Declaraci%C3%B3n_Universal_de_los_Derechos_Humanos"
Categorías: Declaraciones internacionales Organización de las Naciones Unidas
DECLARACION DE LOS DERECHOS DEL HOMBRE Y DEL CIUDADANO
Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano
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Los representantes del pueblo francés, que han formado una Asamblea Nacional, considerando que la ignorancia, la negligencia o el desprecio de los derechos humanos son las únicas causas de calamidades públicas y de la corrupción de los gobiernos, han resuelto exponer en una declaración solemne estos derechos naturales, imprescriptibles e inalienables; para que, estando esta declaración continuamente presente en la mente de los miembros de la corporación social, puedan mostrarse siempre atentos a sus derechos y a sus deberes; para que los actos de los poderes legislativo y ejecutivo del gobierno, pudiendo ser confrontados en todo momento para los fines de las instituciones políticas, puedan ser más respetados, y también para que las aspiraciones futuras de los ciudadanos, al ser dirigidas por principios sencillos e incontestables, puedan tender siempre a mantener la Constitución y la felicidad general.
Por estas razones, la Asamblea Nacional, en presencia del Ser Supremo y con la esperanza de su bendición y favor, reconoce y declara los siguientes Derechos del Hombre y del Ciudadano:
I - Los hombres han nacido, y continúan siendo, libres e iguales en cuanto a sus derechos. Por lo tanto, las distinciones civiles sólo podrán fundarse en la utilidad pública.
II - La finalidad de todas las asociaciones políticas es la protección de los derechos naturales e imprescriptibles del hombre; y esos derechos son libertad, propiedad, seguridad y resistencia a la opresión.
III - La nación es esencialmente la fuente de toda soberanía; ningún individuo ni ninguna corporación pueden ser revestidos de autoridad alguna que no emane directamente de ella.
IV - La libertad política consiste en poder hacer todo aquello que no cause perjuicio a los demás. El ejercicio de los derechos naturales de cada hombre, no tiene otros límites que los necesarios para garantizar a cualquier otro hombre el libre ejercicio de los mismos derechos; y estos límites sólo pueden ser determinados por la ley.
V - La ley sólo debe prohibir las acciones perjudiciales a la sociedad. Lo que no está prohibido por la ley no debe ser estorbado. Nadie debe verse obligado a aquello que la ley no ordena.
VI - La ley es expresión de la voluntad de la comunidad. Todos los ciudadanos tienen derecho a colaborar en su formación, sea personalmente, sea por medio de sus representantes. Debe ser igual para todos, sea para castigar o para premiar; y siendo todos iguales ante ella, todos son igualmente elegibles para todos los honores, colocaciones y empleos, conforme a sus distintas capacidades, sin ninguna otra distinción que la creada por sus virtudes y conocimientos.
VII - Ningún hombre puede ser acusado, arrestado ni mantenido en confinamiento excepto en los casos determinados por la ley y de acuerdo con las formas por ésta prescritas. Todo aquél que promueva, solicite, ejecute o haga que sean ejecutadas órdenes arbitrarias, debe ser castigado, y todo ciudadano requerido o aprehendido por virtud de la ley debe obedecer inmediatamente, y se hace culpable si ofrece resistencia.
VIII - La ley no debe imponer otras penas que aquéllas que son evidentemente necesarias; y nadie debe ser castigado sino en virtud de una ley promulgada con anterioridad a la ofensa y legalmente aplicada.
IX - Todo hombre es considerado inocente hasta que ha sido convicto. Por lo tanto, siempre que su detención se haga indispensable, se ha de evitar por la ley cualquier rigor mayor del indispensable para asegurar su persona.
X - Ningún hombre debe ser molestado por razón de sus opiniones, ni aún por sus ideas religiosas, siempre que al manifestarlas no se causen trastornos del orden público establecido por la ley.
XI - Puesto que la comunicación sin trabas de los pensamientos y opiniones es uno de los más valiosos derechos del hombre, todo ciudadano puede hablar, escribir y publicar libremente, teniendo en cuenta que es responsable de los abusos de esta libertad en los casos determinados por la ley.
XII - Siendo necesaria una fuerza pública para dar protección a los derechos del hombre y del ciudadano, se constituirá esta fuerza en beneficio de la comunidad, y no para el provecho particular de las personas por quienes está constituida.
XIII - Siendo necesaria, para sostener la fuerza pública y subvenir a los demás gastos del gobierno, una contribución común, ésta debe ser distribuida equitativamente entre los miembros de la comunidad, de acuerdo con sus facultades.
XIV - Todo ciudadano tiene derecho, ya por sí mismo o por su representante, a emitir voto libremente para determinar la necesidad de las contribuciones públicas, su adjudicación y su cuantía, modo de amillaramiento y duración.
XV - Toda comunidad tiene derecho a pedir a todos sus agentes cuentas de su conducta.
XVI - Toda comunidad en la que no esté estipulada la separación de poderes y la seguridad de derechos necesita una Constitución.
XVII - Siendo inviolable y sagrado el derecho de propiedad, nadie deberá ser privado de él, excepto en los casos de necesidad pública evidente, legalmente comprobada, y en condiciones de una indemnización previa y justa.
París, 26 de agosto de 1789.
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Los representantes del pueblo francés, que han formado una Asamblea Nacional, considerando que la ignorancia, la negligencia o el desprecio de los derechos humanos son las únicas causas de calamidades públicas y de la corrupción de los gobiernos, han resuelto exponer en una declaración solemne estos derechos naturales, imprescriptibles e inalienables; para que, estando esta declaración continuamente presente en la mente de los miembros de la corporación social, puedan mostrarse siempre atentos a sus derechos y a sus deberes; para que los actos de los poderes legislativo y ejecutivo del gobierno, pudiendo ser confrontados en todo momento para los fines de las instituciones políticas, puedan ser más respetados, y también para que las aspiraciones futuras de los ciudadanos, al ser dirigidas por principios sencillos e incontestables, puedan tender siempre a mantener la Constitución y la felicidad general.
Por estas razones, la Asamblea Nacional, en presencia del Ser Supremo y con la esperanza de su bendición y favor, reconoce y declara los siguientes Derechos del Hombre y del Ciudadano:
I - Los hombres han nacido, y continúan siendo, libres e iguales en cuanto a sus derechos. Por lo tanto, las distinciones civiles sólo podrán fundarse en la utilidad pública.
II - La finalidad de todas las asociaciones políticas es la protección de los derechos naturales e imprescriptibles del hombre; y esos derechos son libertad, propiedad, seguridad y resistencia a la opresión.
III - La nación es esencialmente la fuente de toda soberanía; ningún individuo ni ninguna corporación pueden ser revestidos de autoridad alguna que no emane directamente de ella.
IV - La libertad política consiste en poder hacer todo aquello que no cause perjuicio a los demás. El ejercicio de los derechos naturales de cada hombre, no tiene otros límites que los necesarios para garantizar a cualquier otro hombre el libre ejercicio de los mismos derechos; y estos límites sólo pueden ser determinados por la ley.
V - La ley sólo debe prohibir las acciones perjudiciales a la sociedad. Lo que no está prohibido por la ley no debe ser estorbado. Nadie debe verse obligado a aquello que la ley no ordena.
VI - La ley es expresión de la voluntad de la comunidad. Todos los ciudadanos tienen derecho a colaborar en su formación, sea personalmente, sea por medio de sus representantes. Debe ser igual para todos, sea para castigar o para premiar; y siendo todos iguales ante ella, todos son igualmente elegibles para todos los honores, colocaciones y empleos, conforme a sus distintas capacidades, sin ninguna otra distinción que la creada por sus virtudes y conocimientos.
VII - Ningún hombre puede ser acusado, arrestado ni mantenido en confinamiento excepto en los casos determinados por la ley y de acuerdo con las formas por ésta prescritas. Todo aquél que promueva, solicite, ejecute o haga que sean ejecutadas órdenes arbitrarias, debe ser castigado, y todo ciudadano requerido o aprehendido por virtud de la ley debe obedecer inmediatamente, y se hace culpable si ofrece resistencia.
VIII - La ley no debe imponer otras penas que aquéllas que son evidentemente necesarias; y nadie debe ser castigado sino en virtud de una ley promulgada con anterioridad a la ofensa y legalmente aplicada.
IX - Todo hombre es considerado inocente hasta que ha sido convicto. Por lo tanto, siempre que su detención se haga indispensable, se ha de evitar por la ley cualquier rigor mayor del indispensable para asegurar su persona.
X - Ningún hombre debe ser molestado por razón de sus opiniones, ni aún por sus ideas religiosas, siempre que al manifestarlas no se causen trastornos del orden público establecido por la ley.
XI - Puesto que la comunicación sin trabas de los pensamientos y opiniones es uno de los más valiosos derechos del hombre, todo ciudadano puede hablar, escribir y publicar libremente, teniendo en cuenta que es responsable de los abusos de esta libertad en los casos determinados por la ley.
XII - Siendo necesaria una fuerza pública para dar protección a los derechos del hombre y del ciudadano, se constituirá esta fuerza en beneficio de la comunidad, y no para el provecho particular de las personas por quienes está constituida.
XIII - Siendo necesaria, para sostener la fuerza pública y subvenir a los demás gastos del gobierno, una contribución común, ésta debe ser distribuida equitativamente entre los miembros de la comunidad, de acuerdo con sus facultades.
XIV - Todo ciudadano tiene derecho, ya por sí mismo o por su representante, a emitir voto libremente para determinar la necesidad de las contribuciones públicas, su adjudicación y su cuantía, modo de amillaramiento y duración.
XV - Toda comunidad tiene derecho a pedir a todos sus agentes cuentas de su conducta.
XVI - Toda comunidad en la que no esté estipulada la separación de poderes y la seguridad de derechos necesita una Constitución.
XVII - Siendo inviolable y sagrado el derecho de propiedad, nadie deberá ser privado de él, excepto en los casos de necesidad pública evidente, legalmente comprobada, y en condiciones de una indemnización previa y justa.
París, 26 de agosto de 1789.
Thursday, January 17, 2008
PAGINAS SUELTA
Jueves 17 de Enero, 2008
Toda inversión es poca para el Cambio Climático
Calidad de las instituciones sería determinante en orígen de la desigualdad social en América Latina
El Calentamiento Global no depende de los ciclos del sol
Alza de precios a alimentos puede generar desnutrición
Indígenas-América Latina: Vulnerables ante la justicia
Se seca el Yangtzé
Algunos datos básicos sobre biocombustibles
Noticias
Toda inversión es poca para el Cambio Climático
Estados, empresas y organizaciones internacionales deben poner toda la plata que requiere el encontrar remedios para atenuar el efecto invernadero.
Por: Thomas C. Schelling
Fuente: PREMIO NOBEL DE ECONOMIA 2005
Las incertidumbres sobre el cambio climático son numerosas. ¿Cuánto anhídrido carbónico podría agregarse a la atmósfera si no se hace nada al respecto? ¿Cuánto calentamiento global causará y cómo afectará a los climas locales, los ecosistemas y las especies vulnerables? ¿Qué impacto tendrán esos cambios en la productividad, la comodidad y la salud? Y, por supuesto, ¿cuáles son los costos probables de cambiar a fuentes de energía renovables y de la conservación de energía?
Mientras más se sabe sobre el cambio climático, más incertidumbres surgen. Sin embargo, la teoría del efecto invernadero ha quedado demostrada. ¿Cuáles son entonces las medidas más urgentes que debemos adoptar? Por supuesto, seguir estudiando los fenómenos climáticos y su impacto ecológico, y encontrar remedios. Necesitamos urgentemente entender qué alternativas habrá para los combustibles fósiles, cuánta energía se puede conservar, cómo extraer el anhídrido carbónico de la atmósfera y, de ser necesario, cómo aumentar la capacidad de la Tierra de reflejar la luz del sol.
Una forma de asegurar las investigaciones necesarias es recurrir al mercado para que financie y dirija las tareas, mediante impuestos, subsidios, racionamiento, y convenciendo a las empresas y los consumidores de que los combustibles fósiles serán cada vez más costosos. Pero los intereses privados no emprenderán ciertas investigaciones esenciales bajo ninguna circunstancia; el mercado no estimulará los desembolsos necesarios porque los inversionistas no pueden cosechar todos los beneficios que traerá la moderación del calentamiento global al ser humano.Por lo tanto, la otra opción es que los gobiernos, en colaboración con las empresas, financien y dirijan las investigaciones. Por ejemplo, desde hace mucho se sabe que el anhídrido carbónico producido en grandes estaciones generadoras de energía eléctrica puede "capturarse" y canalizarse para ser inyectado en cavernas subterráneas (o posiblemente el fondo marino). Hace veinticinco años se calculaba que este proceso duplicaría el costo de la electricidad; ahora parece que ese costo puede ser más modesto.
Pero la inversión en las investigaciones necesarias —en la tecnología de captura, el transporte, la inyección y el sellado, y en las exploraciones geológicas para encontrar sitios adecuados para el almacenamiento permanente— estará más allá del alcance de cualquier interés privado.
La llamada "geoingeniería" es otro ámbito de investigación que merece atención, pero que no la recibirá del sector privado. En esta esfera, como en tantas otras relativas al impacto del cambio climático, se necesitará inversión de los gobiernos y potente patrocinio internacional.
Calidad de las instituciones sería determinante en orígen de la desigualdad social de América Latina
El desarrollo ha sido lento e inequitativo en la región. Un artículo de Revista de la CEPAL abre el debate sobre las razones detrás de esta realidad
(15 de enero, 2008) Desde la colonización se instaló en América Latina un marco institucional inadecuado para lograr el progreso. La deficiente calidad de las instituciones explicaría en parte el desarrollo lento y poco equitativo de la región.
Así lo sugiere José Antonio Alonso, Catedrático de Economía Aplicada y Director del Instituto Complutense de Estudios Internacionales (ICEI) de Madrid, en Desigualdad, instituciones y progreso: un debate entre la historia y el presente, artículo publicado en la Revista de la CEPAL Nº 93.
El autor busca contribuir al debate sobre las causas de la persistencia del subdesarrollo. Para ello comienza aludiendo a las interpretaciones que postulan que las condiciones geográficas tienen un papel clave en el proceso de desarrollo. También plantea que desde la colonización se estableció un marco institucional inconveniente, con instituciones poco permeables al cambio social.
Alonso menciona además estudios históricos que postulan que la desigualdad social en América Latina se acentuó a fines del siglo XIX, por causas como el modelo postcolonial de inserción basado en la explotación de recursos naturales y la masiva inmigración poco antes de la primera guerra mundial.
Según él, es necesario investigar la evolución del marco institucional y cómo éste influye en la dinámica de crecimiento. Propone medir la influencia de la desigualdad en la calidad de las instituciones, ya que de allí emanan los productos sociales que norman, incentivan, penalizan y condicionan tanto el comportamiento colectivo como el desarrollo de un país. A su juicio, el análisis empírico parece respaldar la importancia que en el largo plazo tienen estas variables.
El Calentamiento Global no depende de los ciclos del sol
En 2022, el Sol brillará menos, no necesitaremos bloquedor solar, y la temperatura de la Tierra bajará. El calentamiento global desaparecerá.Eso asegura John Casey, el ingeniero comercial que dirige el Centro de Investigación de la Ciencia y el Espacio, una consultora en Orlando, EE.UU., que "asesora a gobiernos y tomadores de decisión para enfrentar el enfriamiento del planeta".El 2 de enero publicaron en su página www.spaceandscience .net: "Confirmamos los anuncios de la NASA sobre los importantes cambios que ocurren en la superficie del Sol. Esto tendrá un resultado: un nuevo cambio en el clima que traerá un período de mucho frío".
Esto, porque relaciona directamente las variaciones de la actividad de la superficie del Sol con el aumento o disminución de la temperatura en la Tierra.David Hathaway, del Centro Marshall de la NASA, había predicho en 2006 que el Sol bajaría su actividad en 2020. Casey estaría comprobando ese trabajo.ContradictorHathaway negó a "El Mercurio" que su investigación relacione la actividad del Sol con el calentamiento global.
En el infierno solar hay corrientes parecidas a las que mueven nuestros océanos. Dos circuitos de plasma caliente se mueven en el astro a 200 mil kilómetros de profundidad. El circuito completo dura en promedio 40 años.
Los científicos pusieron los ojos en ellos porque descubrieron que la velocidad con que se completa el recorrido es una especie de predictor. Revela qué tan inquietas serán las llamaradas de la superficie solar.
Este pronóstico es importante porque los destellos solares pueden afectar las comunicaciones, las actividades de los astronautas en el espacio, y, si son muy fuertes, cambiar el campo magnético de nuestro planeta.
Ese Sol de 2022
Es como ver el pronóstico del tiempo, pero para unos veinte años más. La velocidad de las corrientes de hace dos décadas determina la intensidad del Sol que nos baña hoy.Hathaway observó el ciclo que predice la actividad solar que tendría su máximo en 2022. El científico de la NASA descubrió que "sería mucho menor que el promedio"."El trabajo de Casey sobre la variación a largo plazo de las manchas solares también concluye esa baja actividad", dice Hathaway. "Sin embargo, nosotros no creemos en el efecto directo de esa disminución en el clima de la Tierra".
Explica que, aunque los científicos reconocen la relación entre el ciclo de las manchas solares y el clima terrestre, hay otros procesos que tienen mucho más influencia en el clima.
Las corrientes de El Niño o La Niña, las erupciones volcánicas y los gases invernadero son mucho más poderosos y efectivos para sacudir el termómetro."La actividad solar sólo ha influido entre un 20 y 30% en el aumento de temperatura desde comienzos del siglo XVIII hasta mediados del XX. Contribuye incluso menos a finales del siglo pasado", explica Hathaway.
Cree que el Sol estará bastante tranquilo en 2022, pero esa quietud "no producirá fríos extremos en la Tierra".
Respiro a la sombra
Que el Sol no caliente tanto por un par de años no significa que la Tierra pueda tener un borrón y cuenta nueva con el calentamiento global.
"Pasado el período de frío, las temperaturas subirían rápidamente", explica Eduardo Sanhueza, experto en cambio climático. El termómetro recobraría su memoria y el cambio climático volvería en gloria y majestad.
Por eso Sanhueza advierte que ese "invierno de San Juan" podría llevar a la inacción; "a una picada en el entusiasmo por combatir el cambio climático".
Será como descansar bajo una sombrilla antes de volver al Sol."La actividad solar sólo ha influido entre un 20 y 30% en el aumento de temperatura desde comienzos del siglo XVIII hasta mediados del siglo XX".
DAVID HATHAWAY
Físico solar de la NASA.
Alza de precios a alimentos puede generar desnutrición
Se recurrirá a más comida chatarra por su bajo costo
Pobladores, con más estrés ante el encarecimiento, dicen
Laura Poy Solano
El incremento en el costo de los productos de la canasta básica no sólo es un “golpe al ingreso familiar, también aumenta el riesgo de padecer desnutrición o sobrepeso por la ingesta de alimentos con altos contenidos energéticos, pero escasos valores nutricionales”, advirtieron expertos en salud y nutrición de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM).
Agregaron que el alza en alimentos esenciales como maíz, frijol, leche y huevo, entre otros, repercute para las familias tanto en su capacidad de acceder a una dieta balanceada, como en las condiciones de vida en general, pues “es evidente que con la escalada de precios las familias deberán invertir más horas de trabajo para obtener los mismos alimentos y acceder a determinados satisfactores, sin garantizar la calidad y cantidad de los mismos”.
Olivia López Arellano, experta en políticas de salud de la UAM-Xochimilco, destacó que desde hace 25 años México vive un proceso de deterioro de las condiciones de vida y alimentación que afecta “tanto la nutrición de los mexicanos, como las condiciones de salud que prevalecen, tanto físicas como mentales”.
Datos recientes de organismos de salud, afirmó, revelan que en nuestro país aumenta la epidemia de sobrepeso, “que no necesariamente descarta la desnutrición, a lo que se suma un elevado número de casos de depresión, ansiedad y neurosis generadas, en gran parte, por el constante estrés al que está sometida la población para garantizar el sustento diario ante una realidad social en la que no percibe ninguna salida”.
Al respecto, José Alberto Rivera Márquez, experto en seguridad alimentaria y nutrición, alertó que el alza generalizada de precios en la canasta básica afectará directamente a las familias de escasos recursos, “pero también al resto de los hogares que ahora deberán destinar mayor presupuesto para acceder a alimentos básicos, aunque en el caso de las personas en pobreza extrema el riesgo es mucho mayor, porque ya enfrentan condiciones nutricionales muy precarias”.
Señaló que desde hace más de una década se ha detectado que son quienes más consumen alimentos “chatarra”, como sopas instantáneas, refrescos y alimentos semiprocesados, “porque son los más baratos, pero también porque les permite obtener una sensación de saciedad, es decir, acceden a estos productos no por calidad, sino por precio, pero sí ahora suben, las condiciones serán aún más deplorables”.
Los investigadores calificaron como “alarmante” que no exista ninguna política pública “encaminada a resolver una situación de crisis como la que enfrentamos, no sólo en el derecho a una alimentación sana y digna, sino a las condiciones generales de vida, porque tanto el gasolinazo como el alza generalizada en el costo de la canasta básica afectan no sólo los alimentos que llegan a la mesa de millones de mexicanos, también sus condiciones de vida”.
Rivera Márquez afirmó que si bien “no podemos hablar de un problema generalizado de desnutrición, sin duda un incremento en el precio de alimentos esenciales para la dieta de los mexicanos tendrá un impacto en el acceso a productos con altos contenidos nutricionales, así como vitaminas y minerales, cuya pérdida siempre tiene un impacto en la salud”.
Indígenas-América Latina: Vulnerables ante la Justicia
SANTIAGO, ene (IPS) - Mientras en Chile los mapuches denuncian que el Estado ha "criminalizado" sus actos de protesta por demandas territoriales, en México y Perú muchos indígenas están encarcelados porque no hubo un traductor que les explicara de qué estaban acusados.
Los números no demuestran una persecución judicial contra la población indígena de Chile, México y Perú. La proporción de nativos presos en esos tres países es muy baja, menor inclusive que la de población carcelaria sobre el total de habitantes.
Pero las causas, condiciones y duración del encarcelamiento y los testimonios de expertos revelan que su marginación los hace más vulnerables a los abusos del sistema y a las fallas habituales del debido proceso en la región.
En Chile, hay nueve etnias reconocidas por el Estado. Según estadísticas de 2006, el pueblo mapuche está conformado por 922.833 personas, que representan 87,2 por ciento de la población indígena del país.
De acuerdo con un estudio de Gendarmería (guardia de prisiones), en 2005 había 1.207 indígenas encarcelados en cinco regiones: 82,9 por ciento eran mapuches.
En las cárceles chilenas hay 43.000 personas en una población nacional superior a los 16 millones. Mientras 6,6 por ciento de los habitantes son indígenas, los nativos constituyen 2,8 por ciento del total de reclusos.
Los principales delitos cometidos por los indígenas fueron contra la propiedad (50,2 por ciento) y contra las personas (15,9 por ciento), además de tráfico de drogas e infracción a la ley de armas (15,2 por ciento).
Aunque los mapuches presos están vinculados mayoritariamente a delitos contra la propiedad, las estadísticas no especifican cuáles fueron cometidos en el marco del conflicto ancestral que mantiene ese pueblo originario con el Estado, por sus demandas de mayores derechos territoriales, políticos y culturales.
Según estimaciones de la agrupación mapuche de Santiago Meli Wixan Mapu, al comenzar 2008 hay 15 "presos políticos mapuches" en las cárceles del sur del país, la mayoría de ellos juzgados por la severísima ley antiterrorista impuesta durante la dictadura (1973-1990) y modificada en democracia. Desde 1990 a la fecha cerca de 500 mapuches habrían sido procesados por su participación en actos de protesta social. Hoy estarían encausados cerca de 150. Algunos delitos imputados son usurpación de tierras, atentados incendiarios a predios agrícolas y forestales, amenazas y daños a dueños de latifundios, robo de animales y madera y desórdenes públicos.
En su libro "Los mapuches ante la justicia. La criminalización de la protesta indígena en Chile", el investigador Eduardo Mella plantea que los cuatro gobiernos de centroizquierda en el poder desde 1990 han postergado la resolución del conflicto que mantiene el Estado chileno con el pueblo mapuche desde fines del siglo XIX, cuando comenzó la usurpación de tierras, traspasándolo al ámbito judicial para desmovilizar a las comunidades.
La teoría de la "judicialización" y "criminalización" de la protesta mapuche tomó fuerza a partir de 2001, cuando el entonces presidente Ricardo Lagos (2000-2006) invocó la mentada ley antiterrorista, hecho criticado por numerosos organismos nacionales y extranjeros, entre ellos el relator especial sobre la Situación de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales de los Indígenas, Rodolfo Stavenhagen, en su informe sobre Chile (2003).
"Casi todos los comuneros quedan en prisión preventiva (medida que sólo se debe aplicar en casos excepcionales) dos o tres meses, independiente de que sean absueltos o que no perseveren las causas. En muchos casos la prisión preventiva es la pena en sí", señaló a IPS Mella. Hay comuneros que prefieren permanecer en la clandestinidad por considerar que no existen garantías en los procesos judiciales. Las comunidades en conflicto también denuncian graves atropellos policiales en allanamientos en busca de pruebas y prófugos.
En 2006, el Observatorio de los Derechos de los Pueblos Indígenas documentó 18 casos de violencia policial y en 2007 otros 26. Este año se inauguró con el asesinato del joven universitario Matías Catrileo, baleado por la policía mientras participaba junto a un grupo de comuneros en la toma de un predio privado.
En las prisiones mexicanas hay unas 250.000 personas, y 8.767 son indígenas. La población de México asciende a 104 millones y la aborigen se calcula en 12 ó 13 millones.
En un país donde 12 por ciento de los habitantes son indígenas, los nativos tras las rejas constituyen apenas 3,5 por ciento del total de encarcelados.
Desde mediados de los años 90, el gobierno asumió que la encarcelación indígena era un grave problema social y definió programas de apoyo para los involucrados.
Según estudios de la gubernamental Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI), la mayoría están detenidos por agresiones, robo y delitos contra la salud como siembra de enervantes y transporte de droga.
En 2007, el gobierno destinó unos 900 millones de dólares para seguir estos casos, dar asesoramiento a los detenidos y lograr, si es posible, su excarcelación.
Según la CDI, en la mayoría de los casos los indígenas permanecen recluidos por falta de recursos para cubrir fianzas o cumplir financieramente con la llamada "reparación del daño". Los estados con mayor concentración de presos indígenas son el sureño Oaxaca, con 1.602, el central Puebla con 1.525, Chiapas con 686, Veracruz con 576 y Yucatán con 563. Entre enero y noviembre de 2007, el programa de la CDI logró la liberación de 620 indígenas, principalmente hombres.
"Desgraciadamente cometen alguna falta en contra de la sociedad, a veces una falta menor, que puede ser el robo para poderse alimentar, y los privan de la libertad", alertó Jesús King, director de Promoción de Convenios en Materia de Justicia de la CDI.
"Es una barbaridad lo que pasa con muchos hermanos. Están presos simplemente porque no hubo un traductor y un abogado que les explicara bien de qué se les acusaba. Eso está cambiando, aunque lentamente", dijo a IPS Gilberto Rivera, abogado de la etnia nahua que asesora privadamente a presos indígenas.
"Estar preso para un indígena representa un escalón más en la cadena de discriminación. Hablo de racismo, pero también de pobreza, ignorancia y falta de nivel educativo. Como es el caso de toda América Latina, aquí los indígenas son la última rueda del coche, pero, eso sí, somos muy orgullosos de nuestro pasado precolonial", acotó el jurista.
Algo similar ocurre en Perú, donde 176 indígenas permanecen recluidos al comenzar 2008, según estadísticas del gubernamental Instituto Nacional Penitenciario.
Aunque la cifra es pequeña si se la compara con los 41.428 presos del ámbito nacional y con los más de 8,7 millones de indígenas peruanos, las razones de la reclusión dan cuenta del grado de vulnerabilidad en que vive la población originaria.
Sin embargo, se acentúa la misma tendencia de Chile y México: con una población indígena de 32 por ciento de los 27 millones de habitantes de Perú, los presos nativos son apenas 0,42 por ciento del total nacional de encarcelados.
En la mayoría de los casos, los indígenas son recluidos porque las "autoridades judiciales no consideran sus características culturales y tampoco ofrecen las garantías procesales como la participación de un intérprete en el idioma originario del aborigen durante el juicio", dijo a IPS la responsable de la Defensoría del Pueblo de Ucayali, Margot Quispe.
Como en la región amazónica de Ucayali se concentra el mayor número de aborígenes detrás de las rejas, Quispe impulsa una mesa de diálogo con las autoridades de la Organización Regional de la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (Aidesep). Sólo el Centro Penitenciario de Pucallpa de Ucayali alberga a 101 indígenas entre sentenciados y procesados. Quince por ciento de esos casos se deben a enfrentamientos con colonos o empresas extractivas que amenazan sus territorios.
Los indígenas presos son mayoritariamente hombres. El principal delito que se les imputa es violación sexual, un delito cuyo alcance colisiona con la costumbre de las comunidades nativas de iniciación sexual muy temprana: una mujer a los 13 ó 15 años de edad ya puede concebir hijos y formar una familia. Le siguen el tráfico de drogas y el homicidio.
La responsable del área legal de la organización regional indígena de Ucayali, Carla Pizarro, explicó a IPS que muchos nativos son acusados en venganza por colonos o madereros ilegales cuando aquéllos se oponen a sus actividades.
"Los denuncian de violar a mujeres de las comunidades o de robo cuando los líderes de las comunidades detienen las embarcaciones de madera ilegal que extraen de sus bosques", asegura Pizarro.
Milton Silva, un dirigente indígena histórico de Ucayali recluido en Pucallpa, está acusado de homicidio porque supuestamente habría instigado a los aborígenes de la comunidad Nuevo San Juan a asesinar a golpes a un colono que usurpaba sus tierras y que mandó a balear a uno de los nativos.
Pero Silva niega haber estado en el lugar de los hechos. "Fui convocado por los hermanos indígenas pocos días antes para brindarles asesoría legal porque yo trabajaba con la abogada de la organización indígena. Pero nunca les pedí que recurrieran a la violencia", declaró a IPS que lo visitó en la cárcel.
*Con aportes de Diego Cevallos (Ciudad de México) y Milagros Salazar (Lima y Pucallpa). (FIN/2008)
Se seca el Yangtzé
El gobierno de China informó que una severa sequía provocó que el nivel de agua en una parte del río más grande del país, el Yangtzé, cayera a su nivel más bajo desde que se iniciaran los registros hace 142 años.
En la ciudad portuaria de Hankou, en el centro del país, los niveles de agua disminuyeron a 13,98m a principios de enero, lo cual no se había registrado desde 1866, indicó el periódico China Daily , citando medios locales.
El hecho ha dejado a millones de personas sin acceso a agua potable y a más de 40 barcos encallados en el principal cauce del río, desde octubre.
El viceministro del Ministerio de Recursos Hídricos, Jiao Yong, dijo que las extremas condiciones atmosféricas también han contribuido al deterioro de aproximadamente 37.000 diques a lo largo del país, que se encuentran en peligro.
Tres Gargantas
Las autoridades aseguran que los bajos niveles de agua registrados en el río no están relacionados con la construcción de la central hidroeléctrica más potente del mundo, la represa de las Tres Gargantas.
Más bien, advirtieron las autoridades, el cambio climático podría endurecer las condiciones atmosféricas en China durante los próximos años.
El mes pasado, grandes cantidades de agua también fueron almacenadas detrás de la represa de las Tres Gargantas, lo que ocasionó 50% de reducción en el volumen de la corriente del Yangtzé, indicó el diario China Daily .
Sin embargo, la Comisión sobre Recursos Hídricos del río Yangtzé indicó que ésta no era la causa del problema, añade el periódico.
De acuerdo con el corresponsal de la BBC en Pekín, Daniel Griffiths, las autoridades han dispensado agua desde la represa para ayudar a los buques varados río abajo.
Algunos datos básicos sobre biocombustibles
Se trata de una bolsa de gas natural, en el departamento de Cuzco, pozo Kinteroni Bilal Paladini San Martín
Definición y tipologías:
Por biocombustible se entiende todo combustible procedente de la biomasa, es decir, de organismos recientemente muertos o sus desechos metabólicos tales como el estiércol de vaca o el guano (excrementos de murciélago).
Los biocombustibles más utilizados son el bioetanol y el biodiesel. El primero, también llamado alcohol carburante, se extrae a partir de remolacha, caña de azúcar, sorgo, cebada, trigo, yuca y maíz. Por el contrario, el biodiesel se obtiene a partir de aceites vegetales ya utilizados o producidos expresamente para ello. La soja es el principal cultivo proveedor de biodiesel, siendo importante también el girasol.
De unos años hacía hoy ha surgido el debate a nivel mundial sobre la necesidad de sustituir paulatinamente, suplir por completo, parcialmente o mezclar los biocombustibles con los derivados del petróleo.
Los defensores de los biocombustibles alegan que éstos son menos contaminantes y por tanto su uso ayudaría a paliar los efectos del cambio climático. Por otra parte, sus detractores sostienen que los biocombustibles no son sostenibles debido a la gran cantidad de recursos que necesitan para su producción y elaboración, la cantidad de territorio que requieren sus plantaciones y que repercuten en la pérdida de bosques o de cultivos ya existentes para el consumo humano y el consecuente encarecimiento de los precios de los alimentos.
Principales países productores.
Los principales países productores de cultivos base para el bietanol son: Brasil y EEUU con casi la mitad de la producción mundial cada uno. No obstante Nigeria pretende que su producción de yuca sea destinada a la producción de Bioetanol. Lo mismo podríamos decir de la India con respecto al sorgo. [1] Por otra parte la producción de etanol en los últimos 5 años se ha duplicado. [2]
Con respecto a los cultivos que generan biodiesel, el principal productor es Alemania con más de la mitad mundial de la producción, le siguen otros países industrializados como Francia, Italia y EEUU. La producción de biodiesel ha crecido un 50% en el último año. [2]. Sin embargo los principales productores de soja son EEUU, Brasil, Argentina y China. [3]
Consecuencias de la extensión de cultivos para biocombustibles.
Por consiguiente, las consecuencias derivadas del crecimiento de los cultivos destinados a los biocombustibles son varias:
Económicas y sociales. Tanto micra como macro: Si los biocombustibles llegaran a competir con el petróleo o a suplirlo, este dejaría de ser la principal fuente energética y base de la economía mundial. En las economías domésticas, los cultivos destinados a biocombustibles encarecen el precio de los alimentos debido a la creación de una demanda extranjera hacia estos productos generadores de combustibles, con las consecuentes repercusiones sociales en las poblaciones de los países productores. Por el contrario, según el ministro brasileño de energía Antonio Simões , la producción de biocombustibles es una fuente de creación de empleo ya que los campesinos seguirían desarrollando su actividad tradicional, y por otra parte la transformación de los cultivos en biocombustibles se desarrollaría en el país al contrario que con el petróleo que se exporta sin que el valor añadido repercuta en la población del País. [4] No opinan igual los detractores: En este nuevo escenario mundial, los países subdesarrollados -en especial de América Latina y África, entregan tierras fértiles y mano de obra barata que trabajará en las grandes plantaciones donde se refinarían los codiciados biocombustibles. Esto significa que el llamado Tercer Mundo se convertiría en la fuente de abastecimiento de esta nueva industria. [5]
Paisajísticas. En el caso de que una plantación de biocombustibles se establezca sobre el terreno donde antes había un cultivo destinado al consumo humano o ganadero, el impacto paisajístico sería irrelevante sobre todo si el producto cultivado continúa siendo el mismo. Por el contrario, el impacto paisajístico sería considerable si se talaran bosques o desaparecieran praderas.
“El aumento de la superficie dedicada en Brasil a la caña de azúcar, que se prevé podría duplicarse en la próxima década, también puede estar contribuyendo a la deforestación. Al desplazar a la ganadería, el azúcar se suma a las presiones que empujan a los ganaderos a internarse en territorios como la Amazonía o las sabanas, de gran diversidad biológica, conocidas como el cerrado. “Aunque el alcohol se considere un combustible limpio, su proceso de fabricación es muy sucio –dice Marcelo Pedroso Goulart, fiscal general del estado de Sao Paulo-, sobre todo por la quema de la caña y la explotación laboral de los macheteros.” Bourne JR, J (2007).
Medioambientales. Allá donde se roturen bosques para establecer cultivos se perderán sumideros de CO2 y la biodiversidad de los bosques se vería amenazada debido a la reducción de su extensión. Los defensores de los biocombustibles manifiestan que estos son menos contaminantes que los derivados del petróleo y que disminuirían la cantidad de gases con efecto invernadero emitidos a la atmósfera. Los detractores mantienen que esta disminución cuantitativa no lo será cualitativa ya que en algunos casos los gases generados serán más dañinos y en otros casos el ahorro no compensará la pérdida de reservas de carbono procedentes de los propios cultivos o de los bosques que hayan podido ser roturados. Además algunos biocombustibles emiten Oxido nitroso N2O, un potente gas con efecto invernadero, muy contaminante y muy nocivo para la salud.
Algunos casos de implantación de cultivos para biocombustibles en África. La selva de Mabira (Uganda).
Según un estudio de la “Africa Biodiversity Network” existe un plan para transformar un tercio de la mayor reserva natural de Uganda (selva de Mabira) en una plantación de caña de azúcar para la producción de etanol. Se calcula que unas 7.100 hectáreas serán deforestadas. En otros países como Tanzania, Zambia y Benín se desarrollarán proyectos similares según el informe. Además, según ecologistas etíopes, se pretende introducir en dicho país una nueva especie para usarla como biocombustible. Esta especie nativa de América central denominada jatrofa es muy perjudicial para los suelos debido a que agota sus nutrientes muy rápidamente.
El informe de la Africa Biodiversity Network también indica que existe una falta de compromiso en los países estudiados sobre el impacto potencial que tendrá en las comunidades rurales y en la seguridad alimenticia. [6]
En abril de 2007, cinco personas murieron en los disturbios entre manifestantes y policía en una demostración contra la deforestación de la selva y la plantación por parte de la empresa Mehta de caña de azúcar en la reserva. [7] Por otra parte los defensores del proyecto mantenían que se crearían unos 3500 puestos de trabajo y que la plantación contribuiría con 11.500 millones de dólares al presupuesto nacional ugandés. [8]
Afortunadamente, el proyecto fue paralizado debido a las fuertes protestas sociales. La realización del mismo habría supuesto una amenaza para los ciclos locales de agua que abastecen al Lago Victoria y a la cabecera del río Nilo. Sin embargo, miles de hectáreas de bosques en las islas Kalangala y Bugala en el lago Victoria ya se han cortado para establecer las plantaciones de aceite de palma. [9]
Bilal Paladini San Martín. Geógrafo por la Universidad de Sevilla.
Tuesday, November 20, 2007
UN SEÑOR LLAMADO AL GOREPor Ricardo A. Faerman, CEBSMiercoles, 17 Octubre 2007El hombre que perdió en forma controversial las elecciones presidenciales de los Estados Unidos, en ocho años se convirtió en estadista, ganó los premios EMMY, OSCAR y NOBEL y sin volver a competir en la política de su país (hasta ahora), adquirió por sí mismo la estatura de un líder mundial.Una frase recorría el mundo entero el 7 de Noviembre del año 2000 y se repetía una y otra vez en las pantallas de la CNN, “Florida: Too close to call” ( Florida, muy estrecha la diferencia para decidir quien ganó), a renglón casi seguido, la Corte Suprema falló en contra del Vicepresidente número 45 e instaló por ocho años en el poder a George W. Bush.El demócrata Gore había ganado por algo más de medio millón de votos de diferencia, con el 48,38% de los votos frente al 47,87% de George W. Bush su oponente Republicano, los sufragios del colegio electoral dieron un veredicto distinto, 266 a 271 a favor del segundo y la elección pasó a la historia.Al Gore, el candidato más votado y por ende el más elegido, aceptó su derrota, conocedor de las reglas del juego no cuestionó a sus instituciones y participó de la ceremonia que puso en el poder a su adversario, desde ese momento su presidente. Nacido en Marzo del año 1948, baptista, egresado de Harvard y con un master en leyes de Vanderblit se casó con Mary Elizabeth "Tipper" Aitcheson Gore y con ella resultó padre de 4 hijas, un hombre normal, exitoso, apasionado, pero nada diferente a muchos otros jóvenes de su generación.Antes de constituirse en Vicepresidente de los Estados Unidos, trabajó como investigador para un diario de su estado, luego fue votado como representante (diputado) por Tennessee del año 1977 al año 1985, mas tarde fue senador por el mismo estado, también por ocho años, de 1985 a 1993 cuando conformó el binomio que junto a Bill Clinton gobernó el mayor país del planeta hasta el año 2001.Dos mandatos representante, dos mandatos senador, dos mandatos Vicepresidente, 24 años de preparación y el “Gran Finale” a la vista, solo que la orquesta tocó una música diferente “Florida too close to call” , lúgubre para sus oídos, lapidaria , en principio, para sus propósitos.Al Gore, quien había realizado su campaña electoral asumiendo fuertes compromisos con la humanidad y el cuidado planetario , siempre coherente con su historia personal dedicada a la lucha por la protección del medio ambiente y a la defensa de los acuerdos de Kyoto, decidió que no era necesario ser el Presidente de los Estados Unidos para impulsar sus iniciativas, era recomendable, pero demostró a las claras que no resultaba totalmente imprescindible.El representante, senador, vicepresidente y cuasi – presidente, demostró su capacidad para ganar casi en cualquier lucha que se propusiera pelear y como Presidente del canal de televisión Current TV ganó un premio EMMY – el mayor galardón que entrega la televisión – por su increíble capacidad creativa desde la TV interactiva y como Chairman de la Alianza para la protección del clima.EL EMMY no fue suficiente, promovió y protagonizó la película “Una verdad inconveniente” que obtuvo nada menos que dos premios OSCAR y el aplauso del mundo en general y la crítica en particular, mientras los personeros de ciertas industrias mascullaban respecto de exageraciones y equivocaciones que nunca se comprobaron.Con el EMMY y dos OSCAR en sus vitrinas, AL GORE pudo haberse llamado a reposo, el hombre que no – fue Presidente de los Estados Unidos opacaba con su imagen de líder correcto a quien le ganara la batalla por el puesto y a quien derrotara – como se ha visto - en la lucha por el prestigio y el reconocimiento internacional.El 7 de Julio del año 2007, hace apenas semanas, convocó a la serie de recitales “El Planeta Vive” y siguió recorriendo el mundo, advirtiendo, aconsejando, proponiendo, mostrando el camino de su entereza y honestidad a otros líderes, menos dados a los problemas de la humanidad y más propensos a la gloria personal.“Un prerrequisito para ganar el Premio Nobel es haber marcado una diferencia y Al Gore hizo la diferencia” dijo el miembro del parlamento sueco Boerge Brende, una de las personalidades que lo propuso para la distinción. Últimamente , AL GORE liderando al “Panel Intergubernamental de las Naciones Unidas en Cambio Climático” ganó el Premio Nobel de la Paz, ocasión que usó el ganador para recordar que el calentamiento global constituye el mayor desafío que jamás hemos enfrentado.Gore dijo que su parte de los 1,5 millones de dólares que incluye el premio serán donados a la organización sin fines de lucro y no – gubernamental que preside, la Alianza para la protección del clima.En rigor a la verdad , en el año 2000 el pueblo americano contrató con Gore y a su pesar en cumplimiento de sus leyes proclamó presidente a Bush.Entonces, en silencio, con la energía que solo los grandes poseen, Gore contrató con la humanidad, que le pagó bien, ofreciéndole el liderazgo de un importante panel de las Naciones Unidas y brindándole sin solución de continuidad el EMMY, el OSCAR y el NOBEL, toda la gloria disponible en sus manos.“Florida too close to call” , la letanía del locutor de la CNN no puede ser obviada de este relato, ¿Querrá Al Gore obtener ahora la Presidencia, para desde la misma, entre otros desafíos , impulsar la incorporación de los Estados Unidos –el mayor contaminante mundial – a los acuerdos de Kyoto?Todo lo obtenido parece mucho, pero solo en el campo de la alerta, de la advertencia, poco se ha conseguido hasta hoy en materia de cambios ejecutables con potencial de efectivamente mejorar la situación del medio ambiente.Para eso es necesario contar con la Presidencia de los Estados Unidos y Al Gore no parece inclinado a someterse a la maratón que las primarias imponen, luce alejado de esas lides, parece necesitar de cierta energía positiva adicional, que otros grandes lo impulsen, se trata de pedirle un esfuerzo más.Mientras tanto, siguen desapareciendo ríos e incluso mares, los hielos se derriten, los fenómenos climáticos se hacen cotidianos, perdemos la capacidad de sorprendernos, nos dirigimos sin mas a la catástrofe.
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